Desde 1973 y hasta 1995, la ciudad capital federal de la república contó con órganos consultivos llamados concejos vecinales - suspendidos durante los períodos dictatoriales - con escasas competencias. Los cargos no eran remunerados.
Al convertirse en Ciudad Autónoma luego de la reforma constitucional de 1994, Buenos Aires inicia un proceso político que culmina en la promulgación de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en 1996. Recién entonces los porteños comienzan a elegir al Jefe del Gobierno de la ciudad, que hasta ese entonces había sido un Intendente designado directamente por el presidente de la nación, sin intervención del voto popular. El antiguo Concejo Deliberante es reemplazado por la Legislatura.
Dentro de un proceso de descentralización administrativa fueron creados los Centros de Gestión y Participación, CGP's, que según la Ley 1.777 serán remplazados por las nuevas comunas.Las nuevas Comunas:
- Elaboran sus propios planes de acción para el mantenimiento de los espacios verdes y de las vías de tránsito secundarias, así como otras acciones para la administración de su patrimonio y ejecución de su presupuesto anual.
- Evalúan las demandas y necesidades sociales y gestionan las políticas comunitarias.
- Implementan un sistema multidisciplinario de mediación para la resolución de conflictos.
- Convocan a Audiencia Pública para debatir asuntos de interés general y llaman a Consultas Populares no vinculantes.
Su accionar no puede contradecir el interés general de la Ciudad. Las Comunas no pueden crear impuestos, tasas o contribuciones, ni tomar créditos.
Los mandatos de los miembros de las Juntas Comunales son revocables por voto popular.
Asimismo, se creará un Consejo de Coordinación Intercomunal para consensuar las políticas entre las Comunas y el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma, presidido por el Jefe de gobierno o un funcionario con rango de Secretario por él designado, e integrado por los presidentes de todas las Juntas Comunales.
Limites de la Comuna 3:
Av. Córdoba, Gallo, Av. Díaz Vélez, prolongación virtual a Sánchez de Bustamante (puente peatonal), Sánchez de Bustamante, Sánchez de Loria, Carlos Calvo, Sánchez de Loria, Av. Juan de Garay, Av. Entre Ríos, Av. Callao.
Comprendida por los Barrios Porteños de SAN CRISTÓBAL: Av. Independencia, Av. Entre Ríos, Av. Juan de Garay, Sánchez de Loria, Carlos Calvo, Sánchez de Loria, y BALVANERA: Av. Independencia, Av. Entre Ríos, Av. Callao, Av. Córdoba, Gallo, Av. Díaz Vélez, prolongación virtual a Sánchez de Bustamante (puente peatonal), Sánchez de Bustamante, Sánchez de Loria.